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CÓMO ACTUAMOS CUANDO LLEGA EL MOMENTO

Verificación post-fallecimiento

Última actualización: 15 de mayo de 2026 · Versión 3.1 FINAL

Política de verificación de actividad y cesión post-fallecimiento

Documento 12 --- Dossier Legal Leggado.digital + Upbrok v3.1 FINAL

Titular responsable Ángel Seisdedos Gavira, persona física ------------------------- ---------------------------------------------------------------------------------- DNI 45660354H Domicilio Calle Miguel Vázquez Delgado, 36, 3.º C, 41300 San José de la Rinconada, Sevilla Colegiación ICAS --- número 15891 Versión / Fecha 3.1 FINAL --- 15 de mayo de 2026

Texto de política

La verificación de actividad es un sistema privado de Leggado.digital que permite al usuario configurar comprobaciones periódicas para confirmar que sigue activo. No es una fe de vida oficial ni una certificación de fallecimiento.

1. Funcionamiento

El usuario configura una periodicidad. Llegado el plazo, Leggado.digital enviará un aviso para confirmar actividad. Si no responde, se enviará un recordatorio y podrá abrirse un periodo adicional de gracia. Si tampoco confirma, la cuenta podrá pasar a estado de revisión y activarse un procedimiento interno.

2. Bloqueo o suspensión

La falta de verificación no debe producir por sí sola una entrega automática de información sensible. La cuenta podrá suspenderse preventivamente para evitar accesos indebidos, pero deberá existir un canal de revisión humana para que el usuario pueda acreditar que se trata de un error.

3. Revisión humana

El usuario podrá solicitar reactivación escribiendo a [soporte] o utilizando el canal habilitado. Leggado.digital podrá requerir verificación reforzada, documento identificativo, videollamada, firma electrónica u otra prueba razonable antes de reactivar la cuenta.

4. Solicitud de beneficiario

El beneficiario o persona designada podrá solicitar la activación del procedimiento aportando la documentación requerida. La solicitud no implica acceso automático a la información. Leggado.digital verificará identidad, designación, documentación, alcance de permisos, posibles contradicciones y existencia de oposición o conflicto.

5. Documentación mínima

Documento identificativo del solicitante.

Certificado de defunción o documento oficial equivalente cuando se solicite acceso por fallecimiento.

Datos que permitan identificar al usuario fallecido.

Acreditación de condición de beneficiario o persona designada en la plataforma.

Declaración responsable sobre veracidad y finalidad de la solicitud.

Canal de contacto para notificaciones.

6. Alcance de la entrega

Solo se entregará la información configurada por el usuario para esa persona y finalidad. No se entregarán datos de terceros, información no asignada o contenidos cuya entrega pueda vulnerar derechos de otras personas, secreto profesional, normativa sucesoria, contractual o de protección de datos.

7. Conflictos

En caso de conflicto entre herederos, beneficiarios, familiares, representantes o terceros, Leggado.digital podrá suspender la entrega y exigir resolución judicial, notarial, acuerdo suficiente o documentación adicional.

Marco legal aplicable y articulación con el régimen sucesorio.

El presente procedimiento se construye sobre el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/2018, que regula los derechos de personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como de sus herederos, para ejercer los derechos previstos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 respecto de los datos del causante, salvo que el propio fallecido lo hubiera prohibido expresamente o lo establezca una ley.

La designación de beneficiarios efectuada por el usuario dentro de Leggado.digital tiene naturaleza de manifestación de voluntad inter vivos con efectos limitados a la información custodiada por la plataforma. No sustituye ni interfiere con el régimen sucesorio civil aplicable: la disposición patrimonial sustantiva sobre los bienes que el usuario haya catalogado en la plataforma se rige por el Código Civil, por el Derecho civil foral o autonómico aplicable y, en su caso, por las disposiciones testamentarias formalmente otorgadas conforme a los artículos 687 y siguientes del Código Civil.

En consecuencia, la cesión de información a un beneficiario designado en plataforma no prejuzga ni altera derechos legitimarios, derechos de herederos forzosos, régimen económico matrimonial, comunidad hereditaria, derechos de albaceas o contadores partidores, ni cualquier otra disposición imperativa del Derecho de sucesiones español. El usuario es informado expresamente de esta limitación en el momento de la designación.

Naturaleza de la información entregada al beneficiario. Leggado.digital no almacena ni puede entregar credenciales operativas de las cuentas, servicios o gestores del titular. La información proporcionada al beneficiario, en el alcance que el propio titular hubiera configurado, consiste en referencias descriptivas de localización y método de acceso a los gestores que el titular utilizaba, conforme a las decisiones libres y voluntarias del propio titular en vida. La responsabilidad de acceder físicamente o gestionar los servicios concretos recae sobre el beneficiario una vez recibida la información orientativa, sin que Leggado.digital intervenga ni pueda intervenir en dicho acceso material.

Conflictos con régimen sucesorio. Cuando concurran indicios de conflicto con herederos forzosos, albacea, contador partidor, masa hereditaria o cualquier disposición testamentaria notarial otorgada por el usuario que difiera de la designación en plataforma, Leggado.digital suspenderá cautelarmente la cesión y exigirá resolución judicial, acuerdo notarial entre las partes o documentación suficiente que acredite la legitimación del solicitante respecto del concreto perímetro de información solicitado. La suspensión cautelar no se interpretará como denegación.

Prohibición expresa del titular. Conforme al artículo 3.1 de la Ley Orgánica 3/2018, el usuario podrá manifestar en cualquier momento, mientras esté vivo, su voluntad de que tras su fallecimiento no se ejerzan derechos sobre sus datos. La manifestación se registra en plataforma con efectos vinculantes para Leggado.digital.

Cesión en respuesta a requerimiento judicial, policial o administrativo. Cuando se reciba requerimiento de autoridad competente conforme al artículo 11.2.d de la Ley Orgánica 3/2018, Leggado.digital comprobará la competencia del órgano, el fundamento jurídico del requerimiento y el alcance de los datos solicitados, y atenderá la cesión exclusivamente en los términos exigidos.

12.1. Formulario de solicitud post-fallecimiento

D./Dña. [nombre], con DNI/NIE [ ], email [ ], teléfono [ ], solicita la activación del procedimiento post-fallecimiento respecto de D./Dña. [usuario], titular de la cuenta asociada a [email].

Declara bajo su responsabilidad que los datos facilitados son ciertos, que actúa como [beneficiario/persona designada/heredero/representante], y que solicita acceso únicamente a la información que el usuario hubiera configurado a su favor o que legalmente proceda.

Adjunta: documento identificativo, certificado de defunción, acreditación de condición alegada y demás documentos relevantes.

Firma: [ ] Fecha: [ ]

12.2. Email de recepción al beneficiario

Asunto: Hemos recibido tu solicitud

Hola [nombre],

Hemos recibido tu solicitud relativa a la cuenta de [usuario]. La recepción de esta solicitud no implica acceso automático a la información. Revisaremos la documentación, la configuración realizada por el usuario y la normativa aplicable.

Si necesitamos información adicional, contactaremos contigo.

Un saludo,

Leggado.digital

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